¿Tenía mi hipoteca una cláusula que me obligaba a pagar los de gastos de formalización de la misma?
La Sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declara como abusivas las cláusulas con las que los bancos, imponen a sus clientes el pago de todos los gastos de formalización de sus hipotecas. Concretamente, en esta sentencia se declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos derivados de su formalización.
¿Tenía mi hipoteca esta cláusula abusiva?
Sí, prácticamente TODOS los contratos de préstamo hipotecario tienen redactada la misma cláusula en cuanto a los gastos de formalización de dicho préstamo.
¿Aunque la Sentencia se refiera a una cláusula del BBVA, afecta también a los demás Bancos y Entidades?
Al igual que ocurrió con en tema de las cláusulas suelo, redactadas de manera diferente por los distintos Bancos o Entidades, estas cláusulas de atribución al consumidor de todos los gastos derivados de la formalización de la hipoteca serán NULAS independientemente del banco que las incorporase.
¿Qué hago si mi contrato hipotecario tiene cláusula de gastos de formalización de la hipoteca?
Lo primero que debe hacerse es una reclamación extrajudicial ante la Entidad bancaria con la que tenga suscrito el préstamo hipotecario. Si transcurridos dos meses desde dicha reclamación, haya contestado o no el Banco, y siempre que la respuesta, en caso de haberla, haya sido negativa, se podrá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial. Es importante destacar que los Bancos no lo pondrán fácil, en la mayoría de los casos y no serán pocas las veces en las que la vía judicial será la necesaria.
¿Qué gastos se pueden reclamar?
Partiendo de la base de que solo se puede pedir la restitución de los gastos correspondientes a la formalización de la hipoteca, y no de la compraventa, serán objeto de reclamación los siguientes:
Factura de Notaría.
Registro de la Propiedad.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
¿Qué plazo hay para solicitar la nulidad de la cláusula de formalización de gastos de la hipoteca y reclamar la restitución de las cantidades pagadas?
El plazo, para aquéllas hipotecas que se encuentran todavía vigentes, es el de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo, es decir, dichoplazo finalizará el 24 de diciembre de 2019. Y para aquéllas que hayan sido totalmente abonadas, se podrá proceder a la reclamación, si su total pago se hizo dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de Diciembre de 2015.
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