¿Te has preguntado si se puede desheredar a los hijos? La respuesta es depende porque no es algo que facilite el sistema de Derecho español, pero si que hubo una sentencia del Tribunal Supremo que abrió el camino a la desheredación en caso de que haya algún tipo de maltrato psicológico de los hijos hacia los padres.
En nuestro código civil se recoge que cuando una persona fallece su patrimonio se divide en tres partes: legítima, mejora y libre disposición.
La parte legítima es una institución jurídica que protege el patrimonio de los familiares mas allegados del causante. Por lo que en primera instancia parece difícil desheredar a los hijos.
La única forma de privar a los legitimados de sus derechos es si se dan los requisitos recogidos en el artículo 756 del código civil por causa de indignidad y en los artículos 853, 854 y 855 del Código Civil para las causas de desheredación.
Las causas de indignidad son bastante razonables como hacer el testamento con violencia o amenaza entre otros, pero hay otras causas que han suscitado más dudas como el maltrato de obra.
Aún así el tribunal supremo en junio de 2014 abrió la puerta a desheredar por otros tipos de maltrato como el psicológico, dicho maltrato queda comprendido dentro del concepto de maltrato de obra.
Por lo que esta corriente jurisprudencia favorece un camino que indudablemente se irá implantando en los próximos años: favorecer la voluntad del testador de poder privar la herencia a quienes tienen derecho a ella.
Si usted desea asegurarse que puede desheredar a un legitimario es recomendable consultar previamente con un abogado experto para confirmar que la causa es justa y acorde a la ley.