La ley de segunda oportunidad es un mecanismo legal que permite a los deudores a volver a negociar sus deudas o poder quitarse una parte de ellas. Este procedimiento se formuló para que las personas físicas con o sin actividad física puedan superar una situación de insolvencia grave.
El objetivo de esta regulación es ofrecer auxilio a aquel usuario que de manera probada ha sido buen pagador pero que en la actualidad vive un problema económico. Esto no significa que esta persona física vaya a desprenderse de los pagos que debe ya que esta ley también protege los derechos de cobro de los acreedores.
Este nuevo mecanismo se ajusta más a los intereses de los usuarios que el concurso de acreedores y constituye un instrumento ideal para atravesar una situación apurada. Pero para poder acogerse a esta ley se deben reunir una serie de condiciones
¿Qué condiciones se necesitan para acogerse a la ley de segunda oportunidad?
Debe existir una justificación probada de que el deudor no cuenta con un patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas.
La cantidad que se debe no se debe superar los cinco millones de euros.
Las deudas deben haber sido contraídas actuando de buena fe.
Para considerar que se ha actuado de buena fe es obligatorio que haya existido anteriormente un intento de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
Se bede tener en cuenta que el deudor no puede haber sido condenado por delitos económicos contra instituciones públicas como Hacienda o la seguridad social.
Y por último también se tiene en cuenta que la persona no sea declarada culpable en el concurso de acreedores. La buena fe existe cuando el deudor no sabe de antemano que no iba a poder pagar sus deudas.
Para poder acogerse a la ley de segunda oportunidad es necesario no haberlo hecho con anterioridad en los últimos 10 años.
Después de la sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2019 todas las deudas pueden ser exoneradas. Por lo que también es posible eliminar las deudas con la hacienda pública y la seguridad social.
Si no se alcance una cuerdo entre las partes , la fase judicial del concurso quedará en manos del juez. El tendrá que tomar la decisión definitiva sobre que porcentaje deuda puede exonerar el deudor.