Gastos de formalización de la hipoteca

Recupera los gastos de formalización de una hipoteca YA cancelada

 

La firma de servicios jurídicos Meler Abogados ha hecho historia al conseguir la primera sentencia de España que obliga a una entidad financiera a devolver a un cliente, cuya hipoteca ya había sido cancelada, todo lo que este pagó en su día en concepto de gastos de formalización de la hipoteca. La importancia del fallo estriba en que es la primera vez que se consigue un veredicto favorable en un caso relativo a una hipoteca ya cancelada, es decir, que ya había sido pagada, ya que hasta ahora las sentencias existentes se referían a préstamos en vigor. Meler Abogados representa a un gran colectivo de más de 200 afectados de las provincias de Alicante y Valencia por los gastos de la hipoteca y la cláusula suelo.

 

 

 

El Tribunal Supremo ya declaró en diciembre de 2015 que dichas cláusulas eran abusivas. Estas cláusulas imponen que sea el cliente el que corra con todos los gastos de formalización de hipotecas, cuando deberían asumirlos los bancos en su totalidad o, al menos, la mitad, ya que son dichas entidades las interesadas en registrar la escritura hipotecaria. Desde entonces, la Audiencia Provincial de Zaragoza, un juzgado de Pontevedra, otro juzgado de Granollers y otro de Oviedo, entre otros, han dado la razón a los clientes. No obstante, Meler Abogados es el primer despacho de España en conseguir la primera sentencia de este tipo relativa a un crédito ya amortizado.

 

 

 

Haber amortizado por completo la hipoteca no es impedimento para reclamar al banco los gastos de formalización del préstamo, incluso, aunque hayan transcurrido varios años desde que pagara la última cuota. Así lo entiende el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alicante que, en una sentencia pionera, ha condenado a Caja Rural de Jaén a devolver a uno de los clientes de Meler Abogados, los 603€ que le cobró por la constitución y registro de un crédito que el afectado acabó de pagar en el año 2012. La entidad reconoció durante el juicio el carácter abusivo de las cláusulas que obligan a los clientes a correr con todos los gastos de formalización de la hipoteca y aceptó pagar las cantidades reclamadas. Sin embargo, la jueza no incluyó el importe del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que otros tribunales también han obligado a devolver y que suponen una cantidad mucho más voluminosa. La jueza secunda la corriente que señala que el abono de este tributo sí es una obligación exclusiva del contratante del préstamo, aunque no deja de ser un tema muy controvertido por la variedad de sentencias al respecto. El fallo también obliga a devolver otros 152 euros por la cláusula suelo.

 
 
 

​A pesar de que la entidad reconoció los hechos en un intento de ahorrarse las costas, la sentencia acaba condenándole también por este concepto, por el que deberá pagar 1.500 euros, ya que señala que no quiso llegar a un acuerdo con anterioridad a la celebración de la vista oral.

 
 
 

Este fue el resultado del trabajo incansable del equipo de derecho hipotecario de Meler Abogados, especializado en analizar con detalle las hipotecas de nuestros clientes y detectar las cláusulas abusivas para elaborar una reclamación a la entidad bancaria con todas las garantías y sin asumir ningún riesgo. Asimismo, se procura que se reclamen de forma conjunta los gastos de formalización de la hipoteca y, si la hubiere, la cláusula suelo.

 
 
 

Aunque el plazo para demandar en asuntos mercantiles suele ser de cuatro años, si se exige la nulidad radical de la cláusula no hay plazo de prescripción. De hecho, en Meler Abogados ya hemos presentado casos de hipotecas amortizadas en 1988.

 
 
 

Si deseas que el equipo de Meler Abogados revise tu caso de forma gratuita y sin compromiso envía un email a despacho@melerabogados.com con tus datos de contacto para que podamos llamarte y empezar a trabajar juntos.